ARTICULO 7o.

Los objetivos y propósitos del Consejo son los siguientes:

   a) Otorgar la Certificación de la Especialidad de Médico Pediatra en los  Estados         Unidos Mexicanos.

   b) Otorga la Recertificación de la Especialidad de Médico Pediatra cada 5 años.

   c) Otorga el Aval a los consejos de Subespecialidades Pediátricas.

d) A través de la Certificación y Recertificación estimular el estudio, mejorar  la práctica, elevar los niveles de conocimiento, impulsar el avance de la  pediatría y servir a la causa de la salud pública.

   e)Organizar, realizar, supervisar y evaluar los exámenes y requisitos para comprobar         los  merecimientos de los solicitantes del Certificado y  Recertificado de la         Especialidad de Médico Pediatra.

   f) Proporcionar a la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación        Pública, a la Academia Nacional de Medicina, Sociedades  Médicas, Organizaciones de        otra índole (cuyo objetivo sea la  procuración de la salud), médicos y público en        general, listas de los especialistas certificados y recertificados vigentes.

   g) Coordinarse con las Facultades y Escuelas de Medicina y con sus divisiones de        graduados, en lo que respecta a los requerimientos mínimos que deben llenar los        especialistas en pediatría.

   h) Coordinarse con el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades        Médicas en asuntos de su competencia.

   i) Contribuir al establecimiento de los requisitos docentes, técnicos y  administrativos        mínimos que deben satisfacer las instituciones en donde se formen especialistas en        Pediatría.

   j) Mantener las relaciones conducentes, para el mejor logro de los objetivos de la Mesa        Directiva, con agrupaciones científicas, tanto en  los  Estados Unidos Mexicanos como        en el Extranjero. 

   k) Comprar, vender y rentar como arrendatario o arrendador, los bienes muebles o         inmuebles que sean útiles o necesarios para la realización de sus objetivos.

   l) En general, realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que  sean         necesarios o convenientes para la realización de sus objetivos y propósitos.